Glosario jurídico sobre muerte por negligencia

Responsabilidad absoluta: Un tipo de responsabilidad que surge de operaciones extremadamente peligrosas. Un ejemplo sería el uso de explosivos: un contratista sería casi con toda seguridad responsable de los daños, lesiones o muerte causados ​​por las vibraciones del terreno tras la detonación de un explosivo. Con la responsabilidad absoluta, normalmente no es necesario que el reclamante demuestre que la operación es peligrosa.

Aceptación: La aceptación impide que un comprador rechace la mercancía por incumplimiento de contrato (es decir, si la mercancía es defectuosa). Hay tres maneras en que se considera que un comprador ha «aceptado» la mercancía: 1. Si le comunica al vendedor que acepta la mercancía; 2. Si retiene la mercancía más allá de un plazo razonable sin comunicar al vendedor su deseo de rechazarla; y 3. Si realiza algún acto que sugiera que el vendedor ya no es el propietario de la mercancía (es decir, si encarga a otra persona la reparación de la mercancía defectuosa).

Adicción: Compulsión fisiológica y psicológica por una sustancia que crea hábito. En casos extremos, una adicción puede convertirse en una obsesión abrumadora, que puede causar lesiones o incluso la muerte.

Declaración jurada: Declaración escrita, afirmada o jurada ante un comisionado para la toma de declaraciones juradas en la Columbia Británica o un notario público, para su uso como prueba en un tribunal.

Confirmada: En la práctica de los tribunales de apelación, el decreto u orden se declara válido y se mantiene tal como fue dictado en el tribunal inferior.

Mayoría de edad: Edad a partir de la cual una persona adquiere todos los derechos y responsabilidades de un adulto. En la mayoría de los estados, la mayoría de edad es de 18 años.

Límite agregado de responsabilidad por productos defectuosos: Este límite representa la cantidad de dinero que una aseguradora pagará durante la vigencia de una póliza por todas las reclamaciones de responsabilidad por productos defectuosos que cubra.

Programa de educación sobre el alcohol: Una de las sanciones obligatorias por una condena por conducir bajo la influencia del alcohol. Los infractores primerizos deben tomar un curso de 16 semanas; los reincidentes deben participar en un programa residencial de 2 semanas. También existen programas acelerados para quienes cometen una primera infracción.

Alegación: Algo que alguien afirma que sucedió.

Resolución alternativa de disputas: Métodos para resolver problemas sin recurrir a los tribunales.

Amicus Curiae: Término latino que significa «amigo de la corte». Se refiere a una parte autorizada a proporcionar información (generalmente en forma de informe legal) al tribunal, aunque no esté directamente involucrada en el caso.

Analgésico: Término genérico para medicamentos que alivian el dolor. Algunos analgésicos, como la aspirina, tienen un umbral de alivio del dolor bajo, mientras que otros, como el Oxymoron, tienen un umbral mucho más alto.

Respuesta: En un caso civil, la contestación escrita del demandado a la demanda del demandante. Debe presentarse dentro de un plazo determinado y en ella se admite o se niega la base fáctica de la responsabilidad.

Apelación: Solicitud ante un tribunal superior, generalmente compuesto por un panel de jueces, para revocar la sentencia de un tribunal inferior.

Apelación: En relación con las apelaciones, un tribunal de apelación tiene la facultad de revisar la sentencia de otro tribunal inferior.

APS o Administrativo Per Se: En muchos estados, existen dos casos separados derivados de una sola detención por conducir bajo los efectos del alcohol: el caso judicial y el caso Administrativo Per Se (APS) ante el Departamento de Vehículos Motorizados. En los casos en que una persona es arrestada por conducir bajo la influencia del alcohol o las drogas (DUI, DWI, OUI, OWI) o por un cargo relacionado, y la prueba de alcoholemia o de sangre arroja resultados superiores al límite legal, el Departamento de Vehículos Motorizados (Motor Vehicles) tomará medidas administrativas contra el conductor. La mayoría de los estados limitan el plazo para que el conductor solicite una audiencia para impugnar la medida. Generalmente, este plazo es de solo unos días.

Arbitraje: Método de resolución alternativa de disputas en el que las partes en conflicto acuerdan acatar la decisión de un árbitro.

Lectura de cargos: Primera comparecencia ante el tribunal tras un arresto, donde se leen formalmente los cargos y se declara inocente.

Cesión: Transferencia de derechos legales, como el tiempo restante de un contrato de arrendamiento, de una persona a otra.

Asunción de riesgo: Defensa que se plantea en demandas por lesiones personales. La asunción de riesgo alega que el demandante sabía que una actividad en particular era peligrosa y, por lo tanto, asume toda la responsabilidad por cualquier lesión (o posiblemente la muerte) que se produzca.

Culpable: Considerado responsable. En ocasiones, la culpa es compartida entre las partes involucradas, dependiendo de las circunstancias de cada caso.

Privilegio abogado-cliente: Generalmente, todas las comunicaciones entre un abogado y su cliente son privilegiadas, es decir, son completamente confidenciales y gozan de protección especial por ley. Nadie más (en particular, la parte contraria en un litigio) tiene derecho a acceder a ellas. Esto se conoce como privilegio abogado-cliente. Asimismo, la mayoría de los documentos elaborados por un abogado y su equipo en relación con el caso del cliente también son privilegiados. Esto se conoce como privilegio del producto del trabajo del abogado. A menudo, un abogado defensor puede, durante el proceso de descubrimiento de pruebas, intentar obtener acceso a estos documentos elaborados por el abogado de lesiones personales y su cliente. Solo en casos muy específicos y limitados tiene derecho a hacerlo. Sin embargo, es responsabilidad del abogado de lesiones personales conocer estas excepciones y proteger celosamente la confidencialidad de estos documentos y la privacidad de sus clientes.

Gordon & Partners - Para los heridos®

Gordon & Partners - Palm Beach

4114 Northlake Blvd
Palm Beach Gardens, FL 33410
Phone: 561-816-3005

Gordon & Partners - Broward

8201 Peters Road, Suite 4000
Plantation, FL 33324
Phone: 888-851-7687

Gordon & Partners - Martín

729 SW Federal Highway, Suite 212
Stuart, FL 34994
Phone: 833-686-3023

Evaluación de caso GRATUITA
  • Representamos a los heridos, no a los poderosos
  • Sin honorarios legales, a menos que ganemos su caso
  • Ganando casos por más de 30 años
Más de 1350 opiniones de clientes

Oops! We could not locate your form.

Gordon & Partners - For The Injured®

Gordon & Partners, P.A.

4114 Northlake Blvd
Palm Beach Gardens, FL 33410
Phone: 561-333-3333

Gordon & Partners - Plantation

8201 Peters Road, Suite 4000
Plantation, FL 33324
Phone: 754-333-3333

Gordon & Partners - Stuart

729 SW Federal Highway #212
Stuart, FL 34994
Phone: 772-333-3333